¿Cuándo Pasar la ITV?

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A continuación, explicamos cuándo debe pasar la ITV según el tipo y la antigüedad del vehículo, además de los detalles de las primeras y sucesivas inspecciones.

Primera ITV: ¿Cuándo Realizarla?

La primera inspección ITV debe realizarse después de que el vehículo haya alcanzado una cierta antigüedad desde su primera matriculación. Esta fecha de matriculación es clave para determinar cuándo se debe pasar la ITV por primera vez y depende del tipo de vehículo que se posea.

¿Cómo Saber la Fecha Exacta de la Primera ITV?

La fecha de la primera ITV se encuentra en el permiso de circulación del vehículo. Consultar este documento es fundamental para saber exactamente cuándo es necesario realizar la inspección inicial. Sin embargo, en términos generales, la periodicidad de la primera inspección depende del tipo de vehículo y de su antigüedad desde su matriculación, como se detallará a continuación.

Inspecciones Posteriores: ¿Cuándo Realizar las Siguientes ITV?

Después de la primera inspección, las ITV deben realizarse periódicamente. La frecuencia de estas revisiones dependerá del tiempo que tenga el vehículo y del tipo de vehículo. Existen tres formas principales de verificar cuándo corresponde realizar la siguiente ITV:

  1. Consultar la Tarjeta ITV: La tarjeta ITV incluye un registro de las inspecciones anteriores y la fecha de la próxima revisión en su reverso.
  2. Revisar el Informe de la Última Inspección: En el informe entregado al finalizar cada ITV se indica cuándo debe realizarse la siguiente inspección.
  3. Consultar la Pegatina ITV: La pegatina de la ITV también señala la fecha hasta la cual el vehículo está autorizado a circular sin necesidad de otra inspección.

Periodicidad de la ITV por Tipo de Vehículo

A continuación, se detalla la periodicidad de la ITV en función del tipo y antigüedad del vehículo. Es importante tener en cuenta estas clasificaciones para evitar multas y sanciones por no cumplir con los plazos establecidos.

Ciclomotores

Los ciclomotores de menos de 50 cc y algunas motocicletas de baja cilindrada tienen una periodicidad particular en sus revisiones.

  • Menos de 4 años: Exentos de inspección.
  • Más de 4 años: Revisión cada 2 años.

Motocicletas, Cuadriciclos y Quads

Para los vehículos de dos y tres ruedas, la periodicidad de la ITV es la siguiente:

  • Menos de 4 años: Exentos de inspección.
  • Más de 4 años: Revisión cada 2 años.

Turismos Particulares

Los turismos, o automóviles de uso particular, cuentan con una periodicidad que varía considerablemente según su antigüedad:

  • Menos de 4 años: Exentos de inspección.
  • De 4 a 10 años: Revisión cada 2 años.
  • Más de 10 años: Revisión anual (cada 1 año).

Vehículos Ligeros

Los vehículos ligeros incluyen camiones y vehículos mixtos que no exceden los 3.500 kg, así como los derivados de turismos. Su periodicidad es la siguiente:

  • Menos de 2 años: Exentos de inspección.
  • De 2 a 6 años: Revisión cada 2 años.
  • De 6 a 10 años: Revisión anual (cada 1 año).
  • Más de 10 años: Revisión semestral (cada 6 meses).

Vehículos Pesados

Para los vehículos pesados, como camiones y remolques de más de 3.500 kg, las inspecciones se vuelven más frecuentes a medida que envejecen:

  • Menos de 10 años: Revisión anual (cada 1 año).
  • Más de 10 años: Revisión semestral (cada 6 meses).

Autobuses

La periodicidad de la ITV para autobuses, utilizados en el transporte de pasajeros, es la siguiente:

  • Menos de 5 años: Revisión anual (cada 1 año).
  • Más de 5 años: Revisión semestral (cada 6 meses).

Caravanas (de más de 750 kg y hasta 3.500 kg de MMA)

Para las caravanas de peso medio, la periodicidad se establece en función de su antigüedad:

  • Menos de 6 años: Exentas de inspección.
  • Más de 6 años: Revisión cada 2 años.

Tractores Agrícolas (que superen los 40 km/h)

En el caso de los tractores agrícolas de mayor velocidad, la periodicidad depende de su antigüedad:

  • Menos de 4 años: Exentos de inspección.
  • De 4 a 16 años: Revisión cada 2 años.
  • Más de 16 años: Revisión anual (cada 1 año).

Otros Vehículos Agrícolas

Para los vehículos agrícolas que no se emplean para altas velocidades, los periodos de revisión son los siguientes:

  • Menos de 8 años: Exentos de inspección.
  • De 8 a 16 años: Revisión cada 2 años.
  • Más de 16 años: Revisión anual (cada 1 año).

Autocaravanas

Las autocaravanas presentan una periodicidad similar a la de los turismos, con un aumento de frecuencia a medida que envejecen:

  • Menos de 4 años: Exentas de inspección.
  • De 4 a 10 años: Revisión cada 2 años.
  • Más de 10 años: Revisión anual (cada 1 año).

Vehículos Especiales

Los vehículos especiales, diseñados para usos específicos o industriales, también deben pasar la ITV periódicamente:

  • Menos de 4 años: Exentos de inspección.
  • De 4 a 10 años: Revisión cada 2 años.
  • Más de 10 años: Revisión anual (cada 1 año).

Consecuencias de No Pasar la ITV

No realizar la ITV dentro de los plazos establecidos puede tener consecuencias legales y económicas graves, que incluyen:

  • Multas: Conducir un vehículo sin ITV al día puede implicar sanciones económicas que varían entre 200 y 500 euros.
  • Retención del Vehículo: En algunos casos, las autoridades pueden inmovilizar el vehículo hasta que se realicen las reparaciones necesarias y se pase la ITV.
  • Seguro Invalidado: Las compañías de seguros pueden no cubrir los daños en caso de accidente si el vehículo no cuenta con la ITV al día, lo que puede suponer un riesgo financiero para el propietario.
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